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SUNAT pedirá acreditar regalos de boda y cumpleaños

Una nota informativa puso en alerta a los usuarios, debido a que algunos regalos en efectivo tendrían que ser justificados a la SUNAT, debido a que incrementan el valor del patrimonio de las personas festejadas.

“En el Perú profundo se celebran matrimonios, donde se hacen matrimonios donde se pueden regalar hasta 400 mil soles y la SUNAT te puede tocar la puerta”, Según el Abogado Tributarista, José Verona, esto se debe a que se modificó las normas de incremento patrimonial no justificado a un día antes de modificar las normas de donaciones.

Según el abogado, la solución sería bancarizar el regalo en efectivo que se dará, hacer transferencias y justificarlas en caso de que sea dinero en efectivo.

Las donaciones de bienes muebles cuyo valor supere los S/. 1.150 deben hacerse ahora mediante escritura pública. También se ven afectados los actos de donación en bodas o eventos similares.

El Ejecutivo ha emitido un nuevo decreto legislativo que modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta y establece nuevos requisitos documentales para demostrar que las donaciones recibidas por empresas y particulares no son ingresos no justificados.

A partir de ahora, explica Walker Villanueva, socio del bufete de abogados PPU, para demostrar que la transmisión de bienes muebles por valor superior al 25% del IUT, o sea 1.150 dólares, no es injustificada, será necesario que dicha donación se acredite mediante escritura pública otorgada ante notario.

Según Villanueva, la legislación fiscal se está “alineando con el Código Civil”, que ya contiene este requisito.

Añade que, en la práctica, esta disposición afectará a la donación de acciones cuyo valor supere el importe mencionado. “Antes, estas donaciones podían hacerse con documentos de una fecha determinada, ahora se exigirá siempre la escritura pública.

Por otro lado, se exigirá documentación “que acredite fehacientemente” que el ingreso está justificado en los casos de donaciones realizadas en bodas o eventos similares cuyo valor supere los S/ 1,150.

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Además, si una donación se recibe como consecuencia de un acto recogido en una escritura o documento público de fecha determinada, deberá incluirse en el mismo tipo de documento el documento que acredite que dicha donación no es un ingreso no justificado, según la nueva normativa.

Como explica Jorge Picón, socio del bufete Picón, en la actualidad, “si una persona no puede justificar un abono en una de sus cuentas, se presume que ese ingreso tributa en el año en que se hizo la transferencia.”

En otras palabras, ahora se exige más documentación para garantizar que las donaciones recibidas por los particulares no se consideren ingresos a pagar durante el año.

“Es más burocracia, pero es positivo, porque da más seguridad a los actos realizados”, subraya Villanueva.

El decreto legislativo emitido por el Ejecutivo establece que si una persona recibe dinero de operaciones de terceros en una de sus cuentas, como es el caso de actuar en un mandato, debe justificar este ingreso o la SUNAT entenderá que se trata de un ingreso no justificado.